El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, que establece las disposiciones para el diseño y ejecución de proyectos desarrollados en el marco del Fondo Mivivienda y otros promovidos por ese sector.

Mivivienda regulará ejecución de edificaciones urbana e.n áreas periféricasLa norma permitirá la ejecución de proyectos en terrenos habilitados o en proceso de habilitación, ya sea en áreas de expansión urbana, zonas periféricas y donde se sustituyan áreas urbanas deterioradas. Asimismo se incluyen las islas rústicas o áreas donde se realicen proyectos de renovación urbana, y laderas.

Este dispositivo regulará las habilitaciones urbanas y edificaciones que se ejecuten en terrenos ubicados en laderas de cerros, con la finalidad de facilitar el acceso a una vivienda a las familias de escasos recursos, siempre que cumplan con medidas de seguridad, normas técnicas vigentes y cuenten con las respectivas licencias municipales.

Las áreas en las que se pueden desarrollar los proyectos son: áreas con zonificación Residencial de Densidad Media (RDM) y Residencial de Densidad Alta (RDA); zonas compatibles con Comercio Vecinal (CV), Comercio Zonal (CZ), Vivienda Taller (VT), Otros Usos (OU), Zona de Reglamentación Especial (ZRE) u otras.